El 25 de marzo de 1994, Antanas Mockus le lanzó un vaso con agua a Enrique Peñalosa, entonces candidato a la alcaldía de Bogotá, cuando se encontraban en un evento académico en la Universidad Javeriana. Años después, el 22 de agosto de 1997, Mockus repitió la escena lanzando agua, primero a Carlos Lleras de la Fuente y, pasados unos segundos, a Horacio Serpa Uribe frente al público que asistía al foro de presidenciables convocado por la XXXI Asamblea Nacional de Confecámaras.
En aquel momento, Lleras se contuvo, secó sus gafas y dicen que sonrió. Cuando le tocó el turno del baño a Serpa, éste se levantó de la silla y le exigió al candidato Mockus que respetara. Luego, ante el acto teatral del catedrático aspirante a la Presidencia, Serpa respiró profundo y con un pañuelo secó el agua que se deslizaba por su rostro y se filtraba por su espeso bigote. Mockus le invitó a que no tomara el baño por las malas y explicó cómo debía pasarse de la violencia física a ‘otra forma de violencia’ y tener la oportunidad de disculparse. Ese acto fue aplaudido, porque consideraron que Mockus estaba enseñando cómo generar espacios de tolerancia y perdón.
Indistintamente de los colores políticos que defendían los dos candidatos y del pasado que llevaban a rastras, ¿quién agredió (aun cuando el daño físico fuese leve) y quiénes, ciertamente, fueron tolerantes?
Ese acto, aplaudido por años, es uno más de otro tipo de agresividad que tiene como víctimas a desconcertados actores y seguidores de la política nacional. Un día, unos lanzan agua a sus contradictores, otro día les arrojan huevos o piedras, otros escriben mensajes injuriosos en las redes sociales, y otros responden en tono agresivo cuando les entrevistan. Enfatizar una idea no es gritarla. Ser receptor de gritos es ser víctima de violencia verbal. Y, quienes se consideran más ‘combativos’ esperan a los personajes contradictores para proferirles improperios durante las jornadas públicas, o para acusarles de delitos por los que no han sido enjuiciados ni condenados.
Hablar con firmeza o hablar duro no es lo mismo que gritar o expresarse en tono agresivo. A veces los gestos y expresiones faciales dicen más de lo que se dice con palabras.
Hay que evitar ser seducidos por tonos ‘apropiados o palabras convincentes pero carentes de perspectiva, o rechazar ideas porque las mismas fueron expresadas a ‘grito herido’ o con entonaciones grandilocuentes.
La libertad de expresión tiene un límite, que no es otro que el respeto por los derechos de terceros. Jean-Paul Sartre escribió: “Mi libertad se termina donde empieza la de los demás”. Esta frase recoge el sentido del derecho al establecer las fronteras de la libertad individual, al tiempo que brinda protección a los derechos de todas las personas, sin exclusión. Ello implica que todo agravio pronunciado puede generar consecuencia.
De acuerdo con el Código Penal, quien profiera improperios podría ser denunciado por Injuria, título con el que es tipificada la conducta de quien le “haga a otra persona imputaciones deshonrosas”. La pena prevista es de 16 a 54 meses de prisión y multa de 13.33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.[1]
Igualmente, quien grite o escriba a políticos acusándolos de ‘asesinos’ o ‘terroristas’, por ejemplo, podría ser acusado de Calumnia. El Código Penal describe esta conducta como “El que impute falsamente a otro una conducta típica”. La sanción punitiva podría ser de 16 a 72 meses de prisión y pago de multa de 13.33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.[2]
Adicionalmente, quien “publicare, reprodujere, repitiere injuria o calumnia imputada por otro, o quien haga la imputación de modo impersonal o con las expresiones se dice, se asegura u otra semejante” incurrirá en el delito de Injuria y calumnia indirectas.[3]
¿Puede ser considerada libertad de expresión (derecho fundamental) o libertad de opinión el hecho de acusar públicamente a una persona de ser autora de un delito execrable sin que esa persona hubiese sido sometida y vencida en juicio? No olvidemos que, incluso durante los procesos judiciales, la “duda favorece al reo”. Si una persona reacciona a una ofensa, ¿podría ser considerada intolerante por reaccionar? ¿Quién sería agresiva, quien insulta o quien responde el insulto?
Gracias al inadecuado aprendizaje de ‘tragar entero’, las redes sociales han sido transformadas en terrenos fértiles para la ofensa, para la propalación de mentiras, para generar certezas sobre hechos no ciertos. El engaño ha generado colectivos de contestatarios idólatras o vengadores. En este año electoral, ni Twitter, ni Facebook, ni Instagram, ni YouTube –por citar algunas redes– facilitarán el camino hacia las mesas de votación para elegir a los representantes de las comunidades que regirán sus destinos durante los próximos cuatro años.
No es lanzándoles agua, huevos, papeles o piedras a quienes aspiran a ser elegidos como se construye civilidad y se fortalece la democracia, ni insultándolos se propician debates, ni agrediéndolos se solucionan diferencias.
Lo que en verdad nos hace falta como sociedad es defender criterios con firmeza, respetando los principios y posiciones de las demás personas, sin que quienes debatan recurran al agravio; analizar –con perspectiva y contexto– los hechos pasados y recientes de nuestra historia, debatirlos con argumentos y asertividad, recurrir al razonamiento crítico. Y entender que urge el respeto por las ideas y costumbres ajenas porque no somos una sociedad formada en unanimismo y que la uniformidad de pensamiento es contraria a la democracia. Solo así podrán generarse espacios de tolerancia y posibilidades de reconstruir el tejido social.
@Cpenavisbal
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[1] Código Penal Colombiano, ‘Delitos contra la Integridad Moral’. Capítulo Único. Delito de ‘Injuria’, Artículo 220.
[2] Ídem. Delito de ‘Calumnia’, Artículo 221.
[3] Ídem. Delito de ‘Injuria y calumnia indirectas’, Artículo 222