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IMPUESTO A LAS BEBIDAS AZUCARADAS

¿Crónica de una interfencia anunciada?

En los últimos años, el debate sobre los impuestos saludables ha ganado relevancia en todo el planeta. La propuesta de gravar las bebidas endulzadas para desincentivar su consumo, logrando prevenir enfermedades no transmisibles y mejorando el recaudo orientado a la atención en salud, sigue ganando audiencia y aliados quienes básicamente, han tomado conciencia sobre el veneno que bebemos al ingerir este tipo de líquidos multicolores y con múltiples sabores.


En una coyuntura marcada por los desafíos de la salud pública a escala global, las iniciativas que procuran prevenir la enfermedad cardiovascular, diabetes, hipertensión y cáncer, más que urgentes, son ineludibles. En Colombia, organismos como la Comisión de Expertos del Sistema Tributario Territorial, la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios o la Federación de Departamentos, han recomendado su implementación.


Es por esto por lo que las grandes industrias de bebidas azucaradas se han opuesto rotundamente a la implementación del impuesto saludable. Los ciudadanos vimos el circo que se armó en el Congreso de la República durante el debate de la reforma tributaria cuando varios congresistas, quienes fueron patrocinados en sus campañas políticas por estas empresas, se opusieron e incluso utilizaron argumentos falaces con tal de que no se aprobara el tributo.

El impuesto a las bebidas endulzadas se ve afectado por el flagelo de la intereferencia corporativa.

No obstante, con todos estos obstáculos el legislativo aprobó el impuesto a las bebidas endulzadas, y ahora, nos enfrentamos a una demanda ante Corte Constitucional en la cual básicamente se trasladan los 5 mismos argumentos que quisieron dar en el legislativo: que los impuestos afectan principalmente a los más pobres, que solo pueden acceder a dietas perjudiciales para la salud, que el impuesto afecta desproporcionadamente a los pequeños y medianos productores de bebidas y les ubica injustificadamente en una posición de desventaja frente a sus competidores en el mercado, que crea barreras artificiales en el mercado y otros argumentos repetidos que ignoran la protección de la salud pública y el especial, que existiría impacto sobre grupos de especial protección como niños niñas y adolescentes.


En suma, hoy el impuesto a las bebidas endulzadas se ve afectado por el flagelo de la intereferencia corporativa. De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud, mediante la interferencia, el “objetivo (de la industria) es extender su radio de influencia con la intención de llegar a todos los niveles y sectores del gobierno, así como grupos no gubernamentales incluido el sector privado y la sociedad civil, tratando de presentarse ante políticos y el público en general como contribuyentes imprescindibles a la economía y el bienestar social”[1]. Basta mirar las demandas de inconstitucionalidad o las declaraciones del presidente de Fenalco, para constatar la operatividad y éxito de esas estrategias.


Desde el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo esperamos que la salud pública, los derechos humanos, la democracia y el interés general tengan prioridad y se resguarden por encima del lucro privado de unos pocos. Es urgente que el poder judicial otorgue un guiño al llamado de la sociedad civil que clama protección a los derechos fundamentales de todas y todos.


_________________ [1] Interferencia de la industria tabacalera, Resumen mundial. https://www.paho.org/hq/dmdocuments/2012/NTD-brochure-spa.PDF

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